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Novedades en la reserva de capitalización y amortización de determinados vehículos para el 2024

Introducción

La publicación del RD-ley 4/2024 de 26 de junio ha brindado grandes novedades, entre ellas, la reserva de capitalización y amortización de determinados vehículos.

Con efectos del año 2024 se han implementado modificaciones importantes en los incentivos fiscales aplicables al Impuesto sobre Sociedades (IS), específicamente en la reserva de capitalización y en las opciones de libertad de amortización.

Estas mejoras pueden permitir a las empresas aligerar algo su carga fiscal, incrementando la competitividad y generando ahorro impositivo.

Reserva de capitalización

1. Incremento del porcentaje de reducción en la reserva de capitalización.

Hasta el ejercicio 2023, las empresas podían aplicar una reducción en la base imponible del IS de hasta un 10% sobre el incremento de los fondos propios de la compañía, excluyendo los beneficios obtenidos en el mismo ejercicio y otras partidas como las aportaciones de socios, ampliaciones de capital o compensaciones de créditos.

Sin embargo, para los ejercicios iniciados a partir de enero de 2024, este porcentaje de reducción aumenta al 15%. Esta modificación permitirá a las empresas que opten por acogerse a este incentivo, disfrutar de un mayor ahorro en el IS, siempre y cuando aumenten sus fondos propios de forma significativa.

Por ejemplo, supongamos que tu empresa incrementa sus fondos propios en 100.000 euros durante el ejercicio 2024. Con el nuevo porcentaje de reducción del 15%, la empresa podrá:

  • Tributación al tipo reducido del 23% (cifra de negocio del año anterior inferior a 1 millón):
    • Se reduce la base imponible en 15.000 euros, generando un ahorro fiscal de 3.450 euros.
    • El ahorro habría sido de 2.300 euros en el 2023.
  • Tributación al tipo impositivo general del 25%:
    • Se genera un ahorro fiscal de 3.750 euros.
    • El ahorro habría sido de 2.500 euros en el 2023.

2. Plazo de mantenimiento reducido de fondos propios

Hasta ahora, las empresas que se acogían al incentivo de la reserva de capitalización debían mantener el incremento de fondos propios por un período mínimo de cinco años en los que no se puede disponer de la reserva dotada. Sin embargo, para los ejercicios iniciados a partir de 2024, este plazo se reduce a tres años, lo que otorga una mayor flexibilidad a las empresas para disponer libremente de sus reservas en un tiempo más corto. El plazo de 3 años también será aplicable a las reservas de capitalización dotadas en ejercicios anteriores que aún no hubiesen expirado al inicio del primer periodo impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2024.

Libertad de amortización para determinados vehículos

Antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 4/2024, los contribuyentes que adquirían determinados vehículos nuevos, como los FCV (Fuel Cell Vehicles), FCHV (Fuel Cell Hybrid Vehicles), BEV (Battery Electric Vehicles), REEV (Range Extended Electric Vehicles) o PHEV (Plug-in Hybrid Electric Vehicles), así como las nuevas instalaciones de recarga, podían beneficiarse de un régimen de amortización acelerada.

Este régimen permitía acortar el periodo de amortización de dichos activos, lo que facilitaba reflejar su depreciación más rápidamente y, en consecuencia, ofrecía un incentivo fiscal a los contribuyentes que realizaban este tipo de inversiones en tecnologías sostenibles y de movilidad eléctrica.

Sin embargo, se introducen cambios significativos en el tratamiento fiscal, tanto en el Impuesto de Sociedades como en el IRPF, de las inversiones en estos activos.

Para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2024 y que no hayan concluido antes del 28 de junio de 2024, se sustituye el régimen de amortización acelerada por un régimen de amortización libre.

Este nuevo régimen permite una mayor flexibilidad a las empresas y contribuyentes, ya que les da la opción de amortizar libremente el valor total de las inversiones en estos activos (vehículos e instalaciones de recarga) en el ejercicio fiscal en el que entren en funcionamiento.

Todo ello siempre que dichas inversiones sean nuevas y entren en funcionamiento durante los ejercicios fiscales 2024 y 2025.

Conclusión

El objetivo principal de esta reforma es seguir incentivando la adopción de tecnologías más limpias y sostenibles, al ofrecer un tratamiento fiscal más ventajoso para las empresas que apuesten por renovar su flota de vehículos hacia opciones más ecológicas, así como para aquellas que instalen infraestructuras de recarga eléctrica. De esta forma, el nuevo régimen de amortización libre amplía los beneficios fiscales y refuerza el compromiso con la transición hacia un modelo de movilidad más sostenible.

Autor

Carlos Albert

Socio-Director de GAC Economistas y Abogados.

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