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Concursal

Recálculo cuotas hipotecarias dentro de la ley concursal.

El recálculo de las cuotas hipotecarias en el marco de la Ley Concursal

De acuerdo con el artículo 492 bis del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), se faculta a los sujetos afectados a solicitar ante el Juez del concurso el recálculo de las cuotas de su préstamo hipotecario. Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de ajustar dichas cuotas al valor razonable de la garantía, conforme a los criterios establecidos en los artículos 273 a 275 del TRLC.

Las microempresas en el concurso de acreedores

En un concurso de acreedores, los intereses de la hipoteca impagada una vez declarado el concurso, se limitan al importe de la garantía hipotecaria, es decir, al valor del inmueble hipotecado que se establece como garantía en el momento de la firma del contrato de hipoteca.

Los intereses hipotecarios en el concurso de acreedores

En un concurso de acreedores, los intereses de la hipoteca impagada una vez declarado el concurso, se limitan al importe de la garantía hipotecaria, es decir, al valor del inmueble hipotecado que se establece como garantía en el momento de la firma del contrato de hipoteca.