Lo primero que tienes que saber sobre la tarifa plana para autónomos es que se trata de una medida que tiene el propósito de poder impulsar el autoempleo y que consiste en el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social en calidad de autónomo durante un periodo que puede durar desde los 2 hasta los 3 años.
Lo cierto es que se trata de una bonificación que resulta muy atractiva y que puede servir de gran ayuda para reducir el coste de darse de alta como autónomo por primera vez. Por eso, más de 1 millón de nuevos autónomos han optado por aprovechar este tipo de beneficios.
¿En qué consiste la tarifa plana para autónomos?
Ahora vamos a destacar los puntos más importantes que debes de conocer sobre la tarifa plana para autónomos:
- El pago mensual inicial a la Seguridad Social es de 60€, en lugar de los 286,15€ que se pagan como cuota mensual mínima en 2021.
Se trata de una medida que fue introducida en el año 2013 y ha tenido una muy buena aceptación entre los autónomos. Sin embargo, debes de saber que en los últimos años ha sufrido algunos cambios que creemos que debes de tener en cuenta.
- En el año 2019 la cuota fija aumentó de 50€ a 60€, además de que se amplió un año el primer tramo de la bonificación para los nuevos autónomos. Tal y como se puede ver en el apartado 5 de la Ley para Autónomos.
- En septiembre de 2020 el Tribunal Supremo rechazo los recursos de la Seguridad Social, consiguiendo que los autónomos societarios pudieran beneficiarse de esta tarifa plana, incluso con efectos retroactivos.
- La ampliación de 1 a 2 años de la tarifa plana durante el primer plano, para los nuevos autónomos que se encuentren empadronados en un ayuntamiento de menos de 5 mil habitantes.
Un detalle que debes de tener en cuenta es que, a pesar de que ha sido muy bien aceptada por la gran mayoría de los autónomos, la tarifa plana para autónomos también ha terminado generando algunas controversias, ya que en 2018 el gobierno dio a conocer que en muchos de los casos los autónomos no continuaron con la actividad una vez que finalizó el periodo de la bonificación.
¿Qué trámites se tienen que hacer en Hacienda para solicitar la tarifa plana para autónomos?
Para poder solicitar la tarifa plana para autónomos se tienen que realizar una serie de trámites en Hacienda:
- Alta Censal en Hacienda: protocolo para la declaración de actividad profesional en el que tienes dos opciones para llevarlo a cabo:
- Por medio del modelo 036; cuando el comienzo de la actividad se realiza como persona física (autónomo)
- Por medio del modelo 037; sirve como una versión simplificada del modelo 036 cuando cuentas con NIF.
- Por medio del modelo 840 tienes que darte de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). La tasa del IAE solo termina afectando a las empresas o a los autónomos que facturan alrededor de 1 millón de euros.
¿Qué trámites se tienen que hacer en la Seguridad Social?
- Al terminar con las gestiones de Hacienda, se tiene un plazo de 30 días para realizar todas las gestiones de la Seguridad Social, el alta y la afiliación dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Utilizando el modelo TA0521 y tu DNI (NIE en caso de que seas extranjero y residas en España), podrás realizar el alta ante el RETA. Para hacerlo necesitas lo siguiente:
- Alta en el censo de profesionales.
- Alta en el IAE.
- Tarjeta de afiliación a la Seguridad Social en el caso de que hayas trabajado por cuenta ajena.
¿Qué requisitos se tienen que cumplir para disfrutar de la tarifa plana para autónomos?
Un detalle muy importante que se debe de tener en cuenta es que el simple hecho de ser autónomo no es suficiente para poder disfrutar de los beneficios de la tarifa plana.
Para poder disfrutar de esta tarifa se tienen que cumplir una serie de requisitos:
- Tienes que ser nuevo autónomo o no haberlo sido en los últimos 2 años. En el caso de que hayas sido autónomo y te quieras beneficiar de la tarifa plana, tendrán que haber pasado 3 años.
- No puedes haberte beneficiado antes de cualquier otra bonificación como Autónomo dentro de la Seguridad Social.
- Si eres el administrador de una sociedad mercantil tendrás que cumplir una serie de requisitos.
- Tienes que estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda.
- En caso de que tengas pluriactividad, no podrás acceder a la tarifa plana.
Los anteriores son los requisitos generales que se tienen que cumplir, pero los autónomos residentes en municipios de menos de 5 mil habitantes tendrán que cumplir algunos requisitos extra:
- Estar empadronado en un municipio con menos de 5.000 habitantes.
- La dirección en la que se desarrolla la actividad tiene que coincidir con el registro de Hacienda.
- El autónomo tendrá que estar registrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
¿Cuáles son los beneficios de la tarifa plana para autónomos?
Hay ciertos colectivos que son considerados como especiales:
- Hombres menores de 30 años
- Mujeres menores de 35 años
- Víctimas de violencia de género
- Personas con discapacidad
- Madres autónomas
- Personas que desempeñan su actividad en poblaciones de menos de 5 mil habitantes
Los colectivos antes mencionados pueden acceder a la tarifa plana para autónomos y disfrutar de los siguientes beneficios:
- Tarifa plana para jóvenes autónomos: en este grupo se encuentran los hombres de menos de 30 años y las mujeres de menos de 35 años, pudiendo recibir una bonificación adicional de 12 meses, con un descuento añadido del 30% a la cuota de contingencias comunes.
- Tarifa plana para madres autónomas: después de que haya cesado la actividad y se reemprenda un negocio antes de que pasen dos años desde el cese. Es una excepción para que se tengan que esperar por el requisito de haber sido autónomo en los últimos dos años.
- Tarifa plana para personas víctimas de violencia o con discapacidad: se amplía hasta un periodo de 12 meses para que se puedan beneficiar de los 60€ iniciales.
¿Qué es lo que cubre la bonificación para autónomos?
- La tarifa plana para autónomos cubre las contingencias comunes y profesionales. Esto incluye:
- Cotización de jubilación
- Asistencia sanitaria
- Accidentes de trabajo
- Enfermedades profesionales
- Se excluye el cese de actividad y la formación profesional.