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Descubre cómo recuperar el IVA de facturas impagadas

Recientemente se ha incrementado el volumen de impagados, debido a la complicada coyuntura de la economía y se han aplicado nuevas normas tributarias que obligan a ingresar el IVA recuperado en las facturas que fueron emitidas a los clientes, aunque estas no se hayan cobrado. Esto son elementos que contribuyen a la carencia de liquidez de los autónomos y pymes. Por eso, es fundamental conocer el procedimiento existente para recuperar el IVA de las facturas que no se han cobrado.

Sin embargo, en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido se ha establecido un mecanismo que no es conocido por muchos autónomos y pequeñas empresas, que sirve para poder recuperar el impuesto ingresado en Hacienda por las facturas emitidas y no cobradas.

De esta forma, con el fin de poder contrarrestar las consecuencias de tener clientes que son deudores, Hacienda ha facilitado la posibilidad de recuperar el IVA de los impagos.

Pero debes saber que, para poder optar por dicho reingreso, es necesario que las facturas pendientes de impago sean de clientes en situación de concurso de acreedores o que hayan terminado siendo incobrables por haber pasado más de 56 meses desde que se emitió la fractura original. Este periodo también puede ser de 1 año cuando el volumen de las operaciones es superior a los 6 millones de euros.

Recuperar el IVA

¿Cómo se puede proceder a la recuperación del IVA de impagados?

Liquidar el IVA repercutido en facturas es una obligación leal, por lo que termina siendo uno de los problemas recurrentes para los pequeños empresarios. Sin embargo, dentro de la misma Ley de IVA, podemos encontrarnos con la posibilidad de recuperar el IVA de facturas impagadas.

Para empezar, debes saber cuáles son los requisitos que se tienen que cumplir para que una factura sea considerada como incobrable:

  • El cliente deudor tiene que ser una empresa o un autónomo.
  • Se tiene que haber registrado la operación en el registro de contabilidad y liquidación.
  • Se tiene que reclamar el pago de la deuda.
  • La factura no se debe de haber cobrado durante los 6 meses siguientes a la fecha de la emisión.

En caso de que hayas liquidado el IVA de una factura de la que eres consciente de que no la cobrarás, entonces tienes que seguir ciertos pasos para poder recuperar el IVA:

  1. Emitir una factura rectificativa que sirva para anular la factura impagada.
  2. Reclamar judicialmente o en un notario la factura impagada.
  3. Enviar a Hacienda la nueva factura rectificativa.
  4. La factura rectificativa tiene que ser incluida en el modelo trimestral dentro del periodo en el que se está emitiendo.

De la misma forma que como sucede con cualquier otro trámite, debes tener en cuenta que hay una serie de plazos que se tienen que cumplir.

Tienes que emitir la factura rectificativa en un plazo de 3 meses desde que se cumplan los 6 meses o el año del impago de la factura.

¿Qué es una factura rectificativa?

Anteriormente hemos hablado sobre las facturas rectificativas, dejando claro que estas juegan un papel muy importante, por lo que nos vamos a encargar de explicar todo lo que debes saber sobre ellas:

  • Cuando una factura reconoce una deuda por venta o por prestación de un servicio, la factura rectificativa se emite cuando el primer documento contiene fallos o se ha infringido los requisitos legales.
  • Son facturas que también se pueden usar cuando se llevan a cabo devoluciones de mercancías.
  • Las facturas rectificativas sirven para corregir fallos.
  • Reparan cualquier desajuste que se haya producido en la factura original. Por eso, puede subsanar problemas producidos en la factura original, pero también tienen una validez contable.
  • Cuando las facturas rectificativas son emitidas, Hacienda devuelve el Impuesto sobre el Valor Añadido que se haya pagado o cobrado en la factura que tenía un fallo.
  • La fecha de emisión de estas facturas es cuando una de las dos partes encuentra un error en la factura original. Es decir, no tiene que ser en el preciso momento, pero se tiene que comunicar y emitir antes de que hayan pasado más de 4 años.
  • Se tiene que emitir la factura rectificativa en un plazo de 3 meses después de que se hayan cumplido los 6 meses o 1 año del impago.
  • En estas facturas se puede agregar una nota.

¿Cómo se puede reclamar el pago de una factura al cliente?

  • Por impago se puede realizar una reclamación judicial por medio de un proceso monitorio, el cual tiene un coste muy bajo y no necesita del mismo tiempo que otros procesos de reclamación.
  • Es el mismo proceso que se utiliza cuando se exige una deuda no pagada. Tiene el objetivo de recibir el dinero de nuestros clientes morosos lo antes posible. Es un procedimiento que está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo un proceso de reclamación de deudas más rápido.
  • Cuando una deuda es inferior a 2.000€, no es necesario contratar a un abogado para el juicio. Un secretario judicial se puede encargar de estudiar el caso y cualquier discrepancia que exista. El Juez será quien tome la decisión final.
  • En caso de que la deuda sea superior a los 250.000€, entonces tienes la posibilidad de acudir al requerimiento notarial.

Informar al cliente deudor y a la Agencia Tributaria para la Recuperación del IVA

  • Cuando se ha hecho la reclamación de la deuda y se ha emitido la factura rectificativa, se tiene un mes para poder informar a Hacienda.
  • Para poder hacerlo adecuadamente, sin errores o problemas, tienes que acreditar la reclamación de la deuda. Es necesario enviarle al cliente deudor una copia de la factura rectificativa.
  • Cuando el cliente deudor se encuentra en un concurso de acreedores, los plazos son distintos, se aceleran y se estrechan. Desde que en el BOE se publica el auto de declaración de concurso, se tiene 1 mes (15 días cuando es un concurso abreviado) para poder emitir la factura rectificativa y luego se tiene 1 mes para poder informar a Hacienda.

¿La factura rectificativa se tiene que comunicar a Hacienda?

  • Siempre se tiene que informar a Hacienda sobre las facturas rectificativas después de que se haya presentado una reclamación notarial o judicial.
  • Se tiene un plazo de 1 mes para poder hacerlo desde la emisión de la factura rectificativa.
  • Se puede comunicar por vía electrónica.


¿Te ha quedado claro cómo se recupera el IVA de las facturas impagadas?

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