No hay duda en que la lucha contra el fraude fiscal se ha vuelto más severa en los últimos años. Es por eso que en esta ocasión nos vamos a encargar de analizar más a fondo los posibles motivos para que nos puedan realizar una inspección de Hacienda.
Las inspecciones son uno de los grandes temores que tienen las sociedades y los autónomos, algo que es completamente normal. Esto se debe a que por un simple error podemos llegar a recibir una sanción por parte de Hacienda.
Sin embargo, puedes prestar más atención y evitar este tipo de errores al conocer las principales razones por las que se puede llegar a generar una inspección o una comprobación de Hacienda en caso de que seas una sociedad o un autónomo.
Lo cierto es que Hacienda cada vez cuenta con más capacidad para gestionar los grandes flujos de información que recibe, así como para poder detectar diferencias o descuadres. Son procesos que cada vez son más automatizados y esto puede generar más requerimientos de comprobaciones y aclaraciones por nuestra parte.
Las devoluciones del IVA
En caso de que tu declaración de IVA sea negativa y hayas solicitado la devolución sobre una cantidad importante, entonces es algo normal que Hacienda quiera revisar tu libro de IVA antes de que haga la devolución.
Puede llegar a solicitar una revisión de cuotas repercutidas y deducirlas del ejercicio, revisando todos los gastos de las cuotas del IVA que hayan sido deducidas, pudiendo así comprobar las cantidades y así asegurarse de que sea las correctas.
Es por este motivo que es de vital importancia para un autónomo, una empresa o una sociedad comprobar los siguientes aspectos que veremos a continuación.
Llevar la contabilidad al día
• Esto es especialmente importante, sobre todo cuando hablamos del libro del IVA del ejercicio para el que se solicito una devolución, en el que se deben de registrar todas las facturas que hayan sido emitidas y recibidas.
• El libro del IVA está compuesto de dos libros: el libro de registro de facturas expedidas y el libro de registro de facturas recibidas. Generalmente la comprobación suele versar sobre el libro de facturas recibidas. Se tiene que recoger en el libro de facturas todas aquellas en donde las cuotas se han deducido por un periodo y debe de constar la siguiente información:
– La fecha de expedición
– Numero de recepción o registro correlativo
– Nombre completo, razón social o denominación completa y el número de identificación fiscal del obligado a la expedición
– Base imponible, cuota tributaria y tipo impositivo
– Fecha de operaciones, si es distinta a la anterior y así conste en el documento citado
La actividad puede generar dudas
• Para Hacienda, por los NIF de los proveedores, conoce las actividades que realizan cada uno de ellos, pudiendo considerar que las actividades pueden llegar a crear dudas sobre la afección o la necesidad del gasto para la actividad del autónomo o sociedad a quién se comprueba, por lo que resulta de especial importancia.
• Disponer de la documentación que pruebe que todos los gastos de la actividad de autónomo o sociedad que está siendo comprobada, sea importante, teniendo que tener la documentación que pruebe que todos los gastos con cuotas de IVA hayan sido deducidos, constituyendo un gasto que sea necesario para la realización de la actividad, cumpliendo con los requisitos de la deducibilidad que marque la normativa.
Las facturas deben cumplir los siguientes requisitos
• Es de vital importancia que todas las facturas que soporten el gasto y la deducibilidad del IVA cumplan con todos los requisitos formales exigibles a las facturas. Estos son los siguientes:
– Fecha de expedición
– Número y serie. La numeración de las facturas dentro de la serie debe ser correlativa.
– Nombre y apellido, denominación o razón social completa, tanto del obligatorio a expedir como del destinatario.
– Número de identificación Fiscal atribuida por parte de la Administración Tributaria Española, o en su caso, por el de otro Estado que sea miembro de la Unión Europea, con el que se ha realizado la operación.
– Descripción de las operaciones, consignándose todos los datos que sean necesarios para que se determine la base imponible del impuesto y el importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto de las operaciones.
– El tipo de IVA impositivo o los tipos impositivos que se aplican a las operaciones realizadas.
– La cuota tributaria soportada que tendrá que estar por separado, con la expresión “IVA incluido”, en caso de que se trata de una factura simplificada.
Otras consideraciones
• Lo cierto es que se trata de un problema de deducción de tickets y facturas simplificadas, en donde de forma general y en la práctica de la Agencia Tributaria no se considera como u gasto deducible a lo soportado en la factura simplificada.
• Ante la práctica generalizada de la AEAT, se opone la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña con la sentencia n° 318/2019 de 28 de marzo de 2019 en la que se pone en duda el criterio que ha seguido la administración.
El tribunal se encarga de analizar dicha cuestión y ha señalado que “se tienen que estimar los deducibles de los gastos justificados en ticket (no documentarse en facturas) debido a la correlación más evidente para los desplazamientos realizados por el recurrente para conseguir un mejor desarrollo de la actividad económica.
Deducción de las cuotas de IVA no deducible
- En este caso debes de saber que la infracción más común entre las sociedades y los autónomos es la deducción de cuotas soportadas de IVA que tienen una deducibilidad dudosa, sobre todo considerando el cúmulo de los requisitos que plante la normativa para poder generar le derecho de deducción, estando reglado dentro del artículo 92 y 114 de la Ley del IVA.
Las cuotas que son soportadas en facturas, que generalmente son las que tienen conflictos sobre la deducibilidad, son:
- Facturas por gastos de viaje, manutención, restaurantes, estancias.
- Las facturas por adquisición o gastos de vehículos de empresa o propios.
- Facturas de telefonía cuando están asociadas a una televisión por cable.
- Consulta con asesores sobre la posibilidad de deducción o sobre cuotas superadas.
Otros motivos para que se realice una inspección de Hacienda
Entre otros de los motivos por los que se puede realizar una inspección de hacienda podemos destacar los siguientes:
- Descuadres en los modelos trimestrales con los resúmenes anuales
- Descuadre en las declaraciones en las cifras declaradas por proveedores o clientes
- Deducción irregular de gastos
- Diferencias notables entre los ingresos declarados y los ingresos realizados por el banco
Ahora sabes cuáles son los motivos por los que se suele realizar una inspección de Hacienda.
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