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Trámites para realizar el traspaso de un negocio

Seguramente habrás escuchado que el traspaso de un negocio es una de las opciones más populares cuando estamos poniendo en marcha una empresa, ya que esto nos da la oportunidad de no empezar de cero. Está claro que se tiene que firmar un contrato de cesión. Pero hay algunos requisitos que se tienen que cumplir, además de que también hay algunos aspectos sobre los impuestos que debemos de tener en cuenta.

Asimismo, ¿sabes cuáles son los trámites que se tienen que llevar a cabo para realizar el traspaso de un negocio? En este artículo nos vamos a encargar de darte toda la información que puedes llegar a necesitar sobre este tema.

traspaso de un negocio

¿Cuáles son los pasos que se deben seguir para realizar el traspaso de un negocio?

Debes de saber que el traspaso de un negocio consiste en la cesión de la actividad económica. La situación que se suele presentar en estos casos es la siguiente:

  • Alguien que cuenta con un local en alquiler para que se desarrolle una actividad económica o profesional decide ceder el contrato de arrendamiento a un tercero. Los motivos pueden ser muchos, pero los más comunes es por falta de beneficios, de tiempo, por enfermedad o por jubilación. Así que cede su actividad a un tercero que pueda pagar la cantidad inicial y mensualidad, o bien, en algunos casos puede ser únicamente una mensualidad.
  • Para que esto suceda se tiene que firmar un contrato de cesión entre el antiguo dueño y el nuevo, en donde se incluirán todos los activos como inmueble, maquinaria, etc., todo lo que tenga el local y que sea necesario para que se lleva a cabo la actividad económica. Se debe de tener en cuenta que el precio también tiene en cuenta la infraestructura, el stock y la clientela.
  • Si requiere de una licencia, entonces esta también debe de estar incluida en el contrato.

¿Cómo funciona la cesión de contratos de arrendamiento?

Un detalle importante que se debe de tener en cuenta sobre el traspaso de negocios es que estos se pueden realizar sin la necesidad de que se cuente con el consentimiento del propietario del local. Esto se encuentra indicado por la legislación en la que se regulan los traspasos, específicamente en el Artículo 32 de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos:

  • Cuando en la finca arrendada se ejerce una actividad profesional o empresarial, el arrendatario tendrá la posibilidad de subarrendar la finca o ceder el contrato de arrendamiento sin la necesidad de contar con el consentimiento del arrendador.

Pero se debe de tener en cuenta que se tiene la obligación de notificar sobre el traspaso al propietario dentro de un plazo de un mes desde que este se concretó porque el propietario tendría la posibilidad de solicitar en cualquier momento un aumento de hasta un 20%.

  • El arrendador tiene derecho a una elevación del 10% por el 100 de la renta en vigor de que se produzca un subarrendamiento parcial, y el 20% en el escenario de que se lleve a cabo la cesión del contrato o del subarriendo de la finca.

¿Qué ocurre con la licencia de apertura?

Luego de que se haya firmado el contrato de cesión con el dueño anterior, lo siguiente que se tiene que hacer es presentarse en el Ayuntamiento con el fin de solicitar el cambio de titularidad de la licencia de apertura local.

Asimismo, todos los documentos que se tienen que aportar pueden variar dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres. En este caso las más comunes son:

  • DNI y una fotocopia (del nuevo titular).
  • En caso de que el nuevo titular sea una sociedad, se necesita una fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de quien firma.
  • Fotocopia de la anterior licencia concedida.
  • La fotocopia del DNI del dueño anterior, o de los poderes de una sociedad.
  • En caso de que el dueño anterior haya fallecido, entonces se requiere la escritura de participación de la herencia. Si no hay un testamento, entonces se requiere la declaración judicial o notarial d ellos herederos, o bien, la renuncia de ellos a favor del nuevo titular.

¿Qué impuestos afectan al traspaso de un negocio?

Muchas personas se preguntan sobre los impuestos relacionados a este proceso, por lo que ahora vamos a profundizar más sobre este tema:

¿Se tiene que pagar ITP o IVA?

  • No se tiene que pagar. El traspaso de negocio no está sometido al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
  • Cuando se transfiere un negocio en toda su totalidad y la persona que esté por continuar con la actividad, será el dueño anterior quien tendrá que tramitar una factura sin IVA.
  • En caso de los activos del negocio hayan sido vendidos por separado, en este caso sí se tendrá que pagar IVA. En caso de que se incluyan vehículos, entonces estos se van a tener que tributar por ITP.
  • Esto no ocurre en caso de que el propietario del local sea quien recibe una parte del traspaso de negocio. En este escenario el propietario tendrá que emitir una factura del 21% del IVA al inquilino que esté dejando del local, además de que también va a tener que incluir la retención correspondiente.

¿Qué sucede con el IRPF?

Debemos de tener en cuenta que el traspaso del negocio implicar un aumento en el patrimonio de la persona que está cediendo el negocio, por lo que en este caso será necesario declarar el importe en la declaración anual de la renta.

La ganancia se puede calcular de la siguiente forma:

  • Ganancia = Importe del traspaso – Valor neto de los bienes y derechos entregados

En caso de que el propietario del inmueble reciba una ganancia por el traspaso, entonces esta tendrá que incluirse como rendimiento de capital inmobiliario y e aplicará una reducción del 40% por el rendimiento obtenido de forma irregular a través del tiempo.

Esto es todo lo que debes de tener en cuenta sobre los trámites para traspasar un negocio, por lo que ya no deberían de quedar muchas dudas al respecto.


¿Tienes alguna duda sobre el proceso de traspaso de un negocio?

Si es así, contacta con nuestro equipo de GAC

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