¿Has recibido una prestación por cese de actividad? Lo primero que debes saber en este caso es que se trata de una prestación que tiene una retención del IRPF y que tiene que ser declarada en el Modelo 145 de Hacienda.
Además, en caso de que tengas trabajadores a tu cargo, será necesario retenerles el IRPF por medio de dicho modelo. Si este es tu caso no te preocupes, ya que en este artículo nos vamos a encargar de darte toda la información que puedes llegar a necesitar para no tener ninguna duda.
Tabla de contenidos
¿Qué es el Modelo 145 de Hacienda?
- El Modelo 145 tiene que ser presentado por los autónomos que se encuentran en dos supuestos.
- El primer supuesto es cuando eres autónomo y tienes trabajadores a tu cargo. En este caso se tiene la obligación de entregar el documento a cada uno de ellos para que puedan completarlo y así indicar su situación personal y familiar.
- El objetivo de esto es que se puedan determinar las retenciones del IRPF de en base a los trabajadores.
- El segundo supuesto es cuando tengas alguna prestación por rendimientos del trabajo durante 2020 y 2021, como puede ser el caso de la prestación por cese de actividad, como ya mencionamos anteriormente.
- En este segundo caso no se tiene en cuenta la situación personal o familiar del autónomo. Para hacer el cálculo del IRPF de los autónomos se utiliza el Modelo 130 y 131.
- Cuando se haga la declaración de la Renta vas a poder incluir las deducciones que correspondan a la situación personal o familiar, así como cualquier otra bonificación a la que tengas derecho.
¿Cuándo se tiene que presentar el Modelo 145?
- El Modelo 145 no se tiene que presentar en una fecha específica, sino que en realidad este sirve para poder mantener regularizados los datos que vas aportando a la AEAT.
- De forma general, los autónomos que tienen trabajadores a su cargo entregan este modelo al inicio de año. De esta forma tienen tiempo a que sus trabajadores los rellenen, entregarlos y así poder calcular sin problemas las retenciones antes de que declares la renta.
- En cuanto al otro supuesto que mencionamos, cuando se recibe o solicita una prestación o ayuda, entonces aquí lo más importante es presentarlo en el momento en el que se vaya a pedir.
¿Dónde se tiene que presentar el Modelo 145?
- Un detalle muy importante que debes de tener claro es que el Modelo 145 que completan los trabajadores no es el que entregas en la Agencia Tributaria.
- Dicho modelo solo sirve como una comunicación que se te entrega por parte de tus trabajadores y que tú entregas a la asesoría laboral, que será la que se encargará de presentarlo de forma online.
- En caso de que necesites presentar el modelo 145 por una prestación que percibiste, tienes que presentarlo de forma online ante la Mutua que se encarga de la gestión de tus prestaciones, o bien, ante el ente que haya convocado dichas ayudas.
¿Qué datos contiene el Modelo 145?
En el Modelo 145 se pueden encontrar distintas secciones que se tienen que rellenar dependiendo de la situación especifica en la que te encuentres:
- Si eres autónomo con una prestación a declarar, entonces sólo tendrás que completar el apartado que hace referencia a los rendimientos del trabajo.
- En caso de que le entregues a tus empleados el modelo, entonces ellos tendrán que completar todos los apartados que se refieran a su situación.
Ahora vamos a detallar cuáles son los apartados que se pueden encontrar:
Datos del empleado
Es muy importante rellenar el NIF, el nombre, los apellidos y el año de nacimiento. Además de lo anterior, también se tiene que señalar la siguiente información:
- Situación familiar: es muy importante que le trabajo informe sobre su situación familiar, teniendo que indicar si está casado, soltero, si es viudo, si tiene hijos mayores o menores, si tiene rentas de situación, etc. Tiene que completar indicado todo aquello que se ajuste a su situación personal.
- Movilidad geográfica: tendrá que marcar esta casilla en caso de que se encontrará en paro y al aceptar este nuevo trabajo tuvo que cambiar su residencia habitual (tendrá que señalar la fecha del traslado).
- Discapacidad: el trabajador completará el apartado de discapacidad desde el 33%, indicando si necesita la ayuda de terceras personas o si es que tiene una movilidad reducida.
- Rendimientos del trabajo: se completará esta casilla cuando se sea autónomo y se haya obtenido en los últimos 5 años prestaciones por desempleo, durante al menos dos años (cando no se haya practicado la reducción de la renta).
Hijos o descendencia
El trabajador tendrá que completar este apartado cuando tengas hijos o descendientes (como pueden ser los nietos) que sean menores de 25 años (o mayores con discapacidad), que convivan con él y que no rentas superiores a 8.000€ al año.
En este caso tendrá que indicar:
- La fecha de nacimiento o acogimiento
- Grado de discapacidad
- En caso de que los descendientes convivan con él y no tenga una custodia compartida (familias monoparentales)
- Cómputo por entero de los descendientes o de los hijos.
Según estos factores, las retenciones practicadas en torno a los hijos van a ser menores o mayores.
Ascendientes
- El trabajador tendrá que completar este apartado en caso de que en nómina tenga ascendientes a su cargo que sean mayores de 65 años de edad. También pueden ser menores de 65 años con discapacidad y siempre y cando no perciban unas rentas superiores a 8.000€ anuales.
- Es muy importante mencionar en este apartado, cuando el ascendiente pasa temporadas con otro familiar que tenga el mismo rango (como puede ser un hermano).
Pensiones compensatorias
- El trabajador tendrá que rellenar dicho apartado en caso de que tenga que pagar una pensión compensatoria a su cónyuge o una pensión alimenticia a sus hijos, siempre y cuando estas estén fijadas por una decisión fiscal.
Adquisición de vivienda habitual con financiación ajena
- Este apartado tendrá que ser marcado por el trabajador en caso de que haya adquirido una vivienda habitual por medio de un préstamo hipotecario antes del día 1 de enero de 2013 o en caso de que no gane más de 33.007,20€ anuales.
Fecha y firma
- Como lo indica su nombre, este apartado únicamente sirve para indicar la fecha en la que se le hizo el comunicado y la firma para asegurar que los datos que se han proporcionado son ciertos.
Acuse de recibo
- Este apartado tiene que ser firmado por ti, el autónomo, cuando tengas trabajadores a tu cargo y tengas que añadir un acuse de recibo con los datos que el trabajador ha indicado.
- En este documento se verán dos copias del formulario completado: una copia para ti y una copia para el interesado (quien será el encargado de cumplimentarlo).
En caso de que seas un trabajador autónomo y se presenta por una prestación por cese de actividad, entonces el acuse de recibo será firmado por la mutua.
¿Para qué sirve el Modelo 145?
- El Modelo 145 de retenciones sobre rendimientos de trabajo es el que determinará si te va a salir a pagar o a devolver en la declaración.
- Esto sucede así porque al presentar el modelo 100, a la cuota que obtienes se le resta las cantidades retenidas (o aquellas que hayas retenido a tus trabajadores si te encuentras dentro de dicho supuesto).
¿Tienes alguna duda sobre el modelo 145 de Hacienda?
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