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Ventajas de la mediación civil y mercantil

Tal y como establece la Ley 36/2011, que es la que regula la Jurisdicción Social, la mediación civil y mercantil forman parte del sistema laboral. Ambas son necesarias para la tramitación del proceso laboral judicial, como el intento de mediación o conciliación previa.

Pero si profundizamos en la material civil y mercantil, entonces debemos de enfocarnos en la Ley 5/2012 de 6 de julio, ya que en esta se estableció la regulación de mínimos. Queda por tanto, como alternativa, pero no como un requisito indispensable.

A pesar de que existe esta posibilidad, el uso de la mediación en la sociedad realmente no ha terminado de integrarse de forma definitiva por distintos factores. Uno de ellos puede ser la falta de incentivos y de implicación por parte de las instituciones. También puede ser debido a la falta de cultura sobre la mediación.

Importante a tener en cuenta

Esto quiere decir que, en la gran mayoría de los casos, es una vía alternativa para la resolución que es desconocida por parte de los usuarios. Se pasa por alto el hecho de que se puede aprovechar para conseguir la resolución de conflictos. Esto tanto dentro de un ámbito personal como profesional, pudiendo evitar la “molesta” vía judicial.

Antes de hablar más a fondo sobre las distintas ventajas de aprovechar la mediación, es importante que la tengas bien identificada. La mediación civil y mercantil es el medio para conseguir la resolución de controversias a través de uno o más mediadores neutrales. Estos no tienen poder sobre las partes involucradas y pueden hacer que la negociación sea más sencilla entre éstas. Así consiguen un acuerdo mutuo que sea satisfactorio para ambas partes.

Como está establecido en el Artículo 1 de la Ley 5/2012: “el medio de la solución de controversias, cualquiera que sea la denominación que tenga, en donde dos partes o más intenten de forma voluntaria alcanzar un acuerdo por medio de la intervención de un mediador”.

mediación civil y mercantil

¿Cuáles son las características de la mediación?

Es muy importante que conozcas los principios de la mediación civil y mercantil que se encuentran recogidos en la Ley 5/2012:

  • Imparcialidad: el mediador no puede tomar el lado de una de las partes, siempre tiene que mantener la distancia emocional de cualquier parte para que así no actúe por interés o por perjuicio.
  • Voluntariedad: al tratarse de una mediación voluntaria, nadie puede estar obligado a mantenerse dentro del proceso de mediación ni a concluir el acuerdo.
  • Neutralidad: es vital que el mediador esté capacitado y formado para poder actuar najo el estatuto de mediador, no inclinándose a favor de ninguna de las partes que estén involucradas en el conflicto.
  • Igualdad de partes: el mediador siempre tendrá que encargarse de que las partes que están involucradas en el conflicto puedan intervenir con igualdad de oportunidades, de forma que se pueda mantener un buen equilibrio entre éstas.
  • Confidencialidad: este principio obliga a que los documentos y actuaciones de las sesiones sean confidenciales, aplicándose tanto para el mediador como para ambas partes, así como para las instituciones que estén involucradas.

¿Cómo se lleva a cabo el proceso de mediación?

Esta es una de las preguntas más comunes, por lo que vamos a profundizar en el proceso para que no tengas dudas al respecto.

  • Tiene un carácter voluntario, por lo que el proceso comienza con una solicitud de mediación por parte de las partes que estén interesadas en utilizar un mediador.
  • Después se realizan reuniones o sesiones que pueden ser conjuntas con todas las partes o individuales; siempre atendiendo las necesidades específicas del caso, así como la relación que hay entre las partes y la fase en la que el conflicto se encuentre actualmente.
  • Luego de buscar la mejor solución posible, en caso de que las partes consigan llegar a un acuerdo mutuo y satisfactorio, entonces se formaliza el acuerdo de mediación con carácter vinculante, siguiendo los requisitos que están establecidos en el artículo 23 de la Ley 5/2012.
  • El acuerdo se puede elevar a una escritura pública para poder conferir el carácter como título ejecutivo.

¿Cuáles son las ventajas que ofrece la mediación civil y mercantil?

No se deben de pasar por alto las ventajas que ofrece la mediación como una vía alternativa para poder llegar a la resolución de conflictos:

  • Sin duda alguna la primera ventaja que podemos destacar es que nos permite evitar los procedimientos judiciales y así poder llegar más fácilmente a la resolución de un conflicto. Evitando ir a los tribunales.
  • Se puede llegar a una solución en menso tiempo. Los juzgados suelen tener una gran saturación en cuanto a asuntos civiles, por lo que la mediación es una estupenda forma de poder ahorrar tiempo.
  • Gracias a que son las partes involucradas las que realizan la negociación del conflicto, esto puede ayudar a que se alcancen acuerdos más favorables para ambas pares. Es decir, las soluciones se pueden “estirar” un poco y ser más “creativas”.
  • En la mediación todas las partes involucradas tienen un mayor protagonismo, ya que en realidad estás son las únicas que pueden determinar cuando el acuerdo realmente les haya satisfecho.
  • Se trata de acuerdos más duraderos debido a que las partes son las coautoras de estos acuerdos.
  • Las partes involucradas tienen la posibilidad de adquirir la capacidad de solucionar futuros conflictos al conseguir una mejor solución en el conflicto que ha recurrido a la mediación.

¿Cuáles son los casos o asuntos que son susceptibles de mediación dentro del ámbito civil y mercantil?

Ahora vamos a destacar algunos de los escenarios o situaciones en los que es muy recomendable recurrir a la mediación:

  • Los conflictos entre propietarios e inquilinos
  • Conflictos vecinales: de una mancomunidad o una misma comunidad de vecinos
  • Relacionados a actividades económicas
  • Asociativos derivados de la permanencia a una asociación común o entre asociaciones diferentes.
  • Entre empresas o empresarios individuales, entre internos de la empresa o entre particulares y empresas.
  • Sobre marcas y patentes
  • Familiares (herencias, parejas, convivencia, etc.)

Estos son solo algunos ejemplos de los casos en los que la mediación puede ser la mejor forma de alcanzar una solución que sea beneficiosa para ambas partes pudiendo ahorrarse todo el proceso judicial que suele ser largo y tedioso.


¿Tienes alguna duda sobre la mediación civil y mercantil?

Si es así, contacta con nuestro equipo de GAC

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