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¿Cómo tributan las indemnizaciones por despido en el IRPF?

Desde el año 2021 se ha abierto la posibilidad de que muchas empresas tengan la obligación de ajustar la plantilla. Por eso, en este artículo queremos explicarte cómo tributan las indemnizaciones por despido en el IRPF, de forma que tengas la información que necesitas para evitar dudas o complicaciones.

¿Cuáles son las indemnizaciones por despido que están exentas?

Por despido objetivo

Las indemnizaciones por despido objetivo se encuentran exentas. Esto siempre y cuando se pague la cantidad que se encuentra indicada en el Estatuto de los Trabajadores, teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Cuando se realiza un despido objetivo o colectivo por cuestiones económicas, organizativas, técnicas, por fuerza mayor o de producción. En casos en los que la indemnización legal es de 20 días de salario por cada año trabajado, el límite de la indemnización exenta en el IRPF se incrementa. La exención se aplica hasta la parte de indemnización que se ajusta a los límites fijados del despido improcedente.
  • En cualquier caso, se debe de tener claro que el importe de la indemnización tiene un límite de 180.000€.
  • La indemnización por despido improcedente actualmente se encuentra en 33 días por año (con máximo de 24 meses).

En caso de que el contrato haya sido firmado antes del 12 de febrero de 2012, entonces la indemnización por despido improcedente pasa a ser de 45 días.

Sin embargo, se debe de tener en cuenta que la indemnización tiene un límite de 720 días de salario. Esto a excepción del cálculo devengado hasta el 11 de febrero de 2012 sea mayor. En este caso la cantidad sirve como el límite máximo.

En el caso de despido improcedente

Conciliación:

En el caso de los despidos improcedentes, la indemnización quedará exenta (teniendo los mismos límites ya explicados) sin otros requisitos. Pero si es la misma empresa la que reconoce la improcedencia, entonces se deben de tener en cuenta:

  • La cantidad solo estará exenta si se reconoce en el acto de conciliación. Esto hasta el límite de la indemnización que se recibe al presentarse un despido improcedente.
  • En caso de que se pague una indemnización sin ir a conciliación, entonces la empresa que está obligada a pagar se verá obligada a practicar retención sobre la totalidad, ya que la cantidad se encuentra sujeta el IRPF del empleado.

 Despido simulado

Estos son algunos de los puntos que pueden hacer que Hacienda piense que se están llevando a cabo despidos simulados:

  • Cuando la indemnización es menor a la del despido improcedente, Hacienda puede llegar a sospechar que en realidad no se ha tratado de un despido real.
  • En algunas empresas se redactan cartas de despido muy genéricas y bastante simples. En caso de que se presente una sentencia indicada, los despidos pueden ni siquiera estar escritos.
  • Cuando se despide a empleados con antigüedades y edades altas, entonces estos casos pueden ser “bajas incentivadas” para poder acceder a la jubilación.

Despidos de altos directivos

Siete días:

Cuando el despido que se ha producido es el de un alto directo, entonces la ley no establece una cantidad para la indemnización por el despido.

  • En estos casos, la indemnización exigible es la que hayan decidido ambas partes cuando se llevó a cabo la contratación.
  • En caso de que no haya un acuerdo previo, entonces hay una indemnización mínima de 7 días por año trabajado, la cual tiene un máximo de 6 mensualidades.

Debido a la libertad de pactos, Hacienda considera que dichas indemnizaciones no están exentas del IRPF, por lo que tienen que tributar cada euro satisfecho. De esta forma, aclarando que en estos casos no se cumplía el requisito de que la indemnización se encontrará establecida por la ley.

A finales del año 2019, el Tribunal supremo le dio final a dicho criterio, ya que estableció que, gracias a que la indemnización de 7 días es completamente obligatoria. También se debe de tener una exención de ese mismo límite. Así, tal y como ha señalado el Tribunal, la exención que estaba hasta el límite de los 7 días es aplicable tanto para los supuestos en los que no se haya acordado una indemnización o en aquellos casos en los que se haya pactado una menor a los 7 días, de la misma forma que si se pactó una indemnización que sea aún mayor.

Por la finalización de contrato temporal

Aunque no se trata de un despido como tal, se debe de tener en cuenta que la finalización de un contrato temporal, de servicio o de obra, de forma general, el trabajador también tiene derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado. Pero se debe de tener en cuenta que, aunque la indemnización esté cubierta por la Ley, Hacienda considera que no se tiene una exención de IRPF.

Yendo en contra del criterio que tiene Hacienda al respecto, en algunas sentencias se ha establecido que no hay diferencia entre una indemnización por despida y las que se pagan debido a la finalización de un contrato temporal. Esto significa que estas últimas también deben de estar exentas. Pero también ay algunas sentencias en las que se indica lo contrario.

Indemnizaciones sujetas a tributación

El límite

  • Si no se tiene en cuenta el tipo de despido y el tipo de indemnización legal que le correspondería tal y lo que se indica en el Estatuto de los Trabajadores, es necesario tener presente que, en caso de que la indemnización sea mayor a los 180.000€, entonces el exceso siempre será sometido a una tributación del IRPF.

Los excesos

De la misma forma, cuando la indemnización sea mayor que los límites que están establecidos por la Ley, entonces el exceso también quedará sujeto al IRPF. Como puede ser en el caso de los siguientes ejemplos:

  • Cuando una empresa despide a un empleado al que le dio una antigüedad cuando fue contratado. Aquí la indemnización no sólo se encontrara exenta del importe dependiendo de la antigüedad real del trabajador. Es decir, el exceso si tendrá que ser tributado
  • La indemnización sólo puede estar completamente exenta cuando la antigüedad sea superior a derivarse de una subrogación. O bien, porque se haya contratado al afectado después de haber realizado varios contratos temporales en empresas del grupo.

Cuando un trabajador de una empresa ha trabajado en otras sociedades que pertenecen al mismo grupo o que proviene de una empresa que ha sido absorbida por el grupo. Entonces la antigüedad que tiene acumulada cuando se calcula la indemnización que recibirá por despido, tendrá que ser la acumulada y no la que tuvo en la última empresa que trabajó. Esto se tomará como si siempre hubiera trabajado para el mismo empleador o empresa.

La tributación de los excesos

Cuando la indemnización esta sujeta el IRPF, entonces la cantidad que está sujeta se puede reducir hasta en un 30%. Esto cuando la duración del contrato de trabajo haya sido de más de 2 años, y siempre y cuando que se cumplan una serie de requisitos. q

Para poder hacer el cálculo de esta reducción, se tienen que tener en cuenta los siguientes detalles:

  • Cuando el exceso de 180.000€ no es superior a 300.000€, entonces la disminución del 30 pasará a aplicarse sobre toda la indemnización.
  • Si la parte de la indemnización que está sometida al IRPF está entre los 300.000€ y los 700.000€, entonces la disminución se aplica sobre los 300.000€. De esta forma, siempre será de 900.000€.
  • En caso de que la parte que se tributa es superior a los 700.000€, entonces la disminución sólo se aplica sobre el resultado que obtenemos al restar 300.000€ a la diferencia entre la cantidad no exenta y los 700.000€.

Los diferentes casos

Si la indemnización se va a cobrar fraccionadamente, entonces la disminución del 30% únicamente se puede aplicar en caso de que el resultado de dividir el número entre 2 años de generación de la indemnización entre el número de ejercicios fraccionados que sea superior a 2.

Es importante que tengas claro que la cantidad exenta no puede ser superior a los 180.000€. La parte que está sujeta el IRPF se puede reducir un 30% cuando se ha generado en más de 2 años, aunque la cantidad con derecho a la disminución no puede ser superior a los 300.000€.

Ahora ya tienes toda la información que puedes necesitar sobre cómo tributar las indemnizaciones por despido en IRPF, por lo que no deberías de tener muchas dudas al respecto. En caso de que aún tengas dudas, entonces te recomendamos que contactes con un profesional que pueda ayudarte a resolverlas para que puedas evitar complicaciones o confusión. 


¿Tienes alguna duda sobre cómo tributan las indemnizaciones por despido?

Si es así, contacta con nuestro equipo de GAC

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