Actualmente, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales indica cuáles son los casos y los escenarios en los que las revisiones médicas son obligatorias. Asimismo, hay varias sentencias del Supremo que han llegado a fallar en contra del carácter voluntario que tiene. Por tanto, lo que realmente hay es una serie de aspectos que se deben de tener en cuenta.
Por este motivo en este artículo vamos a profundizar más sobre la obligatoriedad o no del reconocimiento médico dentro de las empresas. Esto es necesario debido a que suele ser un tema que por lo general suele despertar mucho debate. Además de que los empresarios y los sindicatos suelen llegar a los tribunales por cuestiones como esta.
Al seguir leyendo este artículo podrás aprender y comprender mejor cuáles son los factores determinantes. Así, podrás conocer los casos en los que en realidad el reconocimiento médico es obligatorio. Y de esta forma, podrás despejar una serie de dudas que se pueden tener al respecto.
¿En qué casos es obligatorio que la empresa ofrezca revisiones médicas?
Con respecto a la obligatoriedad o la falta de ellas en cuanto a las revisiones médicas en las empresas, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:
- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales es bastante clara con este tema, ya que dentro del Artículo 22 menciona que: “La empresa tendrá que garantizarles a los trabajadores el servicio de revisiones periódicas sobre su estado de salud dependiendo de los riesgos relacionados al trabajo”.
- Es decir, el empresario si cuenta con la obligación de ofrecer una revisión médica en todos los casos a los trabajadores.
- Sin embargo, se debe de tener en cuenta un aspecto muy importante dentro de dicha normativa, ya que en ella se hace hincapié en que se harán las pruebas que ocasionen menos molestias a los trabajadores, respetando de esta forma el derecho que tienen a la confidencialidad e intimidad, con respecto a la prueba y a sus resultados.
¿Los trabajadores están obligados a realizarse las pruebas?
Con respecto a la obligatoriedad de los trabajadores en cuanto a realizarlas las pruebas o revisiones médicas, en realidad aquí el asunto no se tiene del todo claro, por lo que ha habido algunos casos que incluso han tenido que resolverse en los tribunales.
¿Qué dice la Ley al respecto?
En realidad, en una primera instancia todo parece bastate simple, ya que en la Ley se establece que los trabajadores tendrán que someterse a una vigilancia de salud solo cuando ellos den su consentimiento, por lo que entonces queda claro que se trata de algo que es de carácter no obligatorio y si voluntario.
Pero, también hay una serie de puntos en los que se nos indica que no en todos los casos es completamente voluntario, por lo que puede haber casos en los que el trabajador realmente si esté obligado a realizarse pruebas.
Estos son los puntos que se deben de tener en cuenta:
- En los escenarios en los que la revisión médica sea necesaria para poder determinar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores de la empresa.
- Cuando sea requerido verificar si el estado de salud de los trabajadores realmente puede representar un peligro para sus compañeros. También para él mismo o para terceros que estén relacionados de cierta forma con el negocio.
- Por otro lado, si se ha establecido por disposición legal con respecto a la protección de actividades especiales peligrosas o por ciertos riesgos específicos.
De esta forma, queda claro que el trabajador puede elegir en muchos casos y también puede tener completa privacidad sobre lo que digan los resultados. Sin embargo, debemos de tener en cuenta que en este aspecto también hay algunas excepciones justificadas.
Por ejemplo:
- La empresa sólo tendrá conocimiento de los resultados de la revisión médica de un trabajador cuando se derive de alguna limitación. Esto siempre que suponga un impedimento para que continúe realizando su actividad laboral.
- Cuando realice un servicio de gran riesgo, como podría ser un controlador aéreo. En este caso es muy importante conocer de forma constante el estado de salud mental del trabajador.
- En algunas ocasiones las revisiones médicas se pueden realizar antes de que la persona sea contratada como un empleado. Este es el caso de los deportistas profesionales.
De esta forma, en los casos de que en ninguna norma se establezca que una revisión médica es obligatoria para el trabajador, entonces la norma general de la empresa es ofrecer la posibilidad y dejarle al trabajador la elección de realizarse la prueba médica o simplemente pasar de ella.
¿Qué información nos da el Tribunal Supremo?
El Alto Tribunal ha sido el encargado de fallar en varias ocasiones en los casos de conflictos relacionados con las excepciones sobre la voluntariedad de las revisiones médicas.
Estos son algunos de los casos de los que se tiene información:
- En una sentencia del 2015, la Sala Cuarta del Tribunal Supremo se encargó de resolver en qué caso se puede ver en peligro la seguridad de las personas ajenas a la empresa, motivo por el que el reconocimiento médico debe de ser obligatorio. Esto en el caso de una empresa que se dedica a apagar incendios y resolver distintas emergencias.
- En el año 2018 la Sala Primera del Supremo termino llegando a la misma conclusión que en la sentencia del 2015, en este caso en una empresa de seguridad privada, ya que considero que los vigilantes tenían la obligación de realizar el reconocimiento médico.
De esta forma, podemos llegar a la conclusión de que en realidad las empresas tienen la obligación de ofrecerles a sus trabajadores revisiones médicas, y que estos en muchos casos tienen la opción de elegir si desean someterse o no a ella, así como poder mantener privados los resultados de las pruebas en la mayoría de los casos.
La obligatoriedad de los trabajadores y su privacidad puede variar de un caso a otro dependiendo del trabajo que se realice en la empresa.
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