Cada año nuevo es común encontrarse con modificaciones fiscales, además de nuevos precios. Estas afectan tanto a autónomos como a pymes y este año nuevo no es la excepción. De hecho, hay unas cuantas modificaciones fiscales para el año 2022 que debes conocer.
La mayor parte de estas modificaciones fiscales para el año 2022 se encuentran en dos leyes. La primera es el Proyecto de Ley de Fomento del ecosistema de las Empresas Emergentes, el cual también es conocido como Ley de “startups” y la segunda es la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022.
Asimismo la principal incógnita que surge respecto a estas modificaciones del ámbito tributario es si estas serán para presentar mejoras a autónomos y pymes o si en caso contrario podrán afectarlos. Para saber la respuesta solo debes seguir leyendo.
Tributación mínima del 15% en el impuesto sobre sociedades
Una de las modificaciones fiscales para el año 2022 es que la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha interpuesto una regla con efectos a partir de los periodos que comiencen el 1 de enero del año 2022.
Dicha regla es de tributación mínima del 15% en el impuesto sobre Sociedades (IS) y es aplicable para determinados contribuyentes:
- Contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios, es decir el INCN sea como mínimo de 20 millones de euros en los 12 meses anteriores a la fecha en la que se le da inicio al periodo impositivo (1 de enero de 2022)
- Quienes tributen en el sistema de consolidación fiscal con independencia del INCN.
Esta medida establece de forma concreta que la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades no puede ser menor que el resultado que surge al aplicar el 15% a la Base Imponible ya sea minorada o incrementada.
Sin embargo esta tributación mínima tiene algunas excepciones por lo que no será de aplicación para los contribuyentes que tributen alguno de los siguientes tipos de gravamen:
- Del 10%: entes sin ánimo de lucro.
- 1%.
- 0%: fondos de pensiones.
- SOCIMI.
Además se reduce el tipo para todas aquellas entidades de crédito y de exploración e investigación ya sean de yacimientos y/o almacenamientos subterráneos de hidrocarburos, siendo dicha reducción del 30% al 18%.
Asimismo para las sociedades que se dediquen al arrendamiento de viviendas hay una reducción en cuanto a la bonificación fiscal, siendo esta del 85% al 40%.
Reducción por inversión en empresas que sean de nueva creación
Otra de las modificaciones fiscales para el año 2022 que es de gran impacto es la reducción por inversión de todas aquellas empresas de nueva creación.
Esto se encuentra en la Ley de “Startups” que establece los siguientes incentivos fiscales para dichas empresas emergentes:
- La base sobre lo que es posible aplicar la deducción se amplia de 60.000 a 000 euros, solo cuando los requisitos que han sido fijados para esto se cumplan.
- La deducción por inversión en las empresas que sean de nueva creación tiene un incremento del 30% (actual) al 50%.
Por otra parte para poder adquirir acciones o participaciones el proceso se debe llevar a cabo en un plazo no mayor a los 5 años posteriores a la creación, aunque hay algunas excepciones.
Reducción de bonificación aplicable a los entes dedicados al alquiler de viviendas
En el arrendamiento de viviendas también hay modificaciones fiscales para el año 2022. De hecho, la Ley de los Presupuestos Generales del Estado estableció por medio de una modificación del artículo 49 de la Ley del Impuesto sobre Sobre Sociedades.
Supone una reducción en el alcance de la bonificación pronosticada en el régimen especial de los entes que se dedican al alquiler de viviendas.
Estas son las modificaciones fiscales que han sido introducidas por medio de la LGPE. Supone un cambio para los periodos impositivos que se inician a partir del 2022:
- Se acorta del 85% al 40% la reducción aplicable a las rentas que derivan del alquiler de una vivienda. Esto si se obtienen por sociedades que asumen como actividad económica principal el alquiler de viviendas. Tienen que encontrarse dentro del territorio español.
- Que tributen con el régimen especial que tienen las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas que ha sido advertido en el Capítulo III del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
- El tipo mínimo efectivo que deben cumplir estos entes EDAV es del 15% para todas aquellas rentas que tengan acceso a la bonificación.
Impuesto sobre el Valor Añadido e impuesto sobre la renta de no residentes
Una de las novedades fiscales para el año 2022 es la prorrogación que se hace a los límites establecidos en cuanto al régimen simplificado y al régimen especial de Agricultura, ganadería y pesca en lo que respecta al IVA.
Por otra parte, en lo referente al impuesto sobre la Renta de los no residentes, este también está dentro de las novedades fiscales para el año 2022 pues se establece que los no residentes deben tener una tributación mínima para las rentas que sean obtenidas a través de un establecimiento permanente.
Aplazamiento de bajadas en 2022
El gobierno ha decidido hacer algunas exclusiones en lo que respecta al Presupuesto para el año 2022, entre las que se encuentran las siguientes bajadas de impuestos:
- Reducción del impuesto de Sociedades a las Pymes.
- Bajar el IVA que se aplica a los productos de higiene femenina del 10% al 4%.
- Disminuir el IVA que se aplica a peluquerías del 21% al 10%.
- Reducción en el IVA que se aplica a los servicios veterinarios del 21% al 10%.
Otras modificaciones fiscales para el año 2022
- En el IAE se desarrolla un nuevo grupo con el fin de catalogar la actividad de los periodistas y demás profesionales de la comunicación e información que hasta el momento no tenían una clasificación específica.
- Se regulariza una actualización del 1% en la graduación de gravamen de títulos nobiliarios en la que se establece un aumento del 1% en el importe exigido.
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