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¿Qué es el Suministro Inmediato de Información?

Como bien sabes la era digital llegó para quedarse. En menos de tres décadas hemos sido testigos de cómo las nuevas tecnologías han ido renovando la interacción de las organizaciones con los usuarios, optimizando así su comunicación y la actividad económica. El auge de la era digital es tan grande que incluso llega a las administraciones fiscales. Es un ejemplo de esto el Suministro Inmediato de Información (SII).

El también conocido como “SII” renace con el objetivo de hacer más rápidos y sencillos los procesos de gestión del Impuesto al Valor Añadido (IVA), haciendo que estos trámites pasen a formar parte de la era digital. Entre otras muchas cosas, la digitalización de este proceso ayudará a combatir de forma más efectiva el fraude.

Suministro Inmediato de Información

¿En qué consiste el Suministro Inmediato de Información?

El Suministro Inmediato de Información es un sistema innovador en el que se contabiliza o se lleva el control del registro de los impuestos del IVA. Este se realiza de manera casi instantánea, por medio del sitio web oficial de la Agencia Tributaria. En esta plataforma, se contabilizan los siguientes datos:

  • Libro de Registro de Facturas Recibidas.
  • El libro de las Facturas Emitidas.
  • El Registro de los Bienes de Inversión.
  • Libro de Registro de las Operaciones Intracomunitarias. 

El principal objetivo del resurgimiento de este sistema es para combatir los tan comunes fraudes fiscales y desarrollar una nueva herramienta que pueda asistir y agilizar los procesos del contribuyente.

¿Cuáles son las entidades que están obligadas al Suministro Inmediato de Información?

Existe un determinado número de entidades que legalmente están obligadas a suministrar la información de sus facturas por medio del Suministro Inmediato de Información. Estas son:

  • Compañías grandes, es decir, aquellas en la que su facturación supera los 6 millones de euros.
  • Entidades que se encuentran inscritas en grupos de IVA.
  • Las entidades que se encuentran inscritas en el REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA).

Además del conjunto de entidades que hemos mencionado, de manera voluntaria se pueden integrar al SII aquellas empresas que deseen utilizar esta herramienta de gestión para el IVA.

¿Qué debe contener la información que se envía de manera electrónica?

Como ya hemos repetido en distintas ocasiones, el SII es una herramienta digital. Por ende, para poder gozar de sus beneficios hay que ingresar al sitio web oficial de la Agencia Tributaria. Una vez dentro de la plataforma, el envío se realiza mediante archivos XML, en los que se deben incluir cada uno de estos campos:

  • Numero de serie y de factura.
  • Datos del destinatario.
  • Fecha de operación y de expedición.
  • Tipo de IVA.
  • Base Imponible.
  • Cuota Repercutida.
  • Cobros y pagos del Régimen Especial de Criterio de Caja (RECC).

Tiempo de vigencia para la transferencia de los datos de las facturas

Dependiendo del escenario, el Suministro Inmediato de Información tiene un plazo de vigencia en el envío de los datos de las facturas.

Facturas emitidas por la entidad

Estas tienen un tiempo de vigencia de cuatro días naturales una vez que se haya expedido la factura. Cuando la factura se emite, tanto por un tercero como directamente por el destinatario, esta va a tener un lapso de ocho días naturales. Independientemente del caso, la información debe hacerse llegar al ente competente antes del día 16 del siguiente mes a aquel en el que se hubiera generado el devengo del impuesto que compete al ejercicio comercial que se tiene que registrar.

Facturas recibidas

Hay un lapso de cuatro días naturales desde el día en que se efectúa el registro contable de la factura y obligatoriamente antes del día 16 del siguiente mes al tiempo de liquidación en el que estén incluidas las operaciones que corresponden.

Las facturas recibidas por concepto de importación, deben ser registradas digitalmente a los cuatro días desde que fue producido el registro contable del documento en el que se plasme la cuota de liquidación por el sistema aduanero y en todo caso antes del 16 del mes siguiente del plazo que esté referido en la declaración en la que se hayan incluido.

Operaciones intracomunitarias

Tiempo de cuatro días naturales desde el instante en que se originó el transporte o el despacho. O en su caso, desde el instante de la recepción de los bienes que se indican.

Información sobre bienes de inversión

Periodo de presentación del reciente plazo de liquidación del año (hasta el día 30 del mes 1). Plazos comunes en todos los casos. Es importante destacar que en el cómputo del plazo (4 o 8 días) que se muestran en los puntos anteriores, van a estar excluidos los días festivos, así como sábados y domingos.

Los principales beneficios para las organizaciones del Suministro Inmediato de Información

El sistema de Suministro Inmediato de Información entró en vigor el primer día del mes de Julio del año 2017.

Como mencionamos anteriormente, el Suministro Inmediato de Información llego como una herramienta para evitar los fraudes tributarios, sin embargo, también ofrece excelentes beneficios a los contribuyentes, como lo son:

Se simplifican las obligaciones formales

Con este sistema se eliminan ciertas formalidades como:

  1. La declaración anual de operaciones con terceros (347).
  2. La declaración de las operaciones que se encuentran incluidas en los libros de registro (340).
  3. El resumen anual del Impuesto al Valor Añadido (390).

Los contribuyentes inscritos tienen hasta 10 días más para hacer las declaraciones

Los contribuyentes que estén registrados en el SII vas a poder presentar las liquidaciones del IVA durante los primeros 30 días naturales del siguiente mes al plazo de liquidación, a diferencia de los 20 días que eran los otorgados.

Se aceleran los procesos para la devolución del IVA

Tomando en cuenta que la agencia obtiene información en tiempo real, los procesos de devolución se aceleran considerablemente.

Avisos casi instantáneos

La AEAT emite un mensaje para confirmar la recepción de la declaración. En este mensaje también se le hace llegar al contribuyente los posibles errores, el cual tendrá la opción de corregirlos. 

Acceso a la información

Las organizaciones van a poder acceder a todos los datos fiscales del contribuyente en el momento que lo deseen.

Disminución de los errores

Los errores en el cumplimiento de las obligaciones se ven disminuidos considerablemente.

Innovación y modernización

Este sistema le da un cambio a la llevanza de los Libros de Registro del IVA, trayendo consigo modernización, estandarización y digitalización.


¿Tienes alguna duda sobre el Suministro Inmediato de Información?

Si es así, contacta con nuestro equipo de GAC

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