Queda fijado en 1.080€ brutos mensuales
El pasado 15 de febrero de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto 99/2023 por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2023.
La nueva cuantía supone un 8% de incremento sobre el salario del año 2022, y se deberá abonar con efectos retroactivos desde el mes de enero de 2023.
Cuantía:
- 36 euros / día
- 1.080 euros mensuales por 14 pagas.
- 1.260 euros mensuales por 12 pagas.
- 15.120 euros anuales.
La revisión no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios que viniesen percibiendo los/as trabajadores/as cuando estos, en su conjunto y en cómputo anual, sean superiores al SMI.
Eventuales, temporeros/as y empleados/as de hogar:
La cuantía para este colectivo no puede resultar inferior a 51,15 euros por jornada legal en la actividad.
El SMI afecta también a las bases mínimas de cotización para el año 2023, por lo que es previsible que se actualice la orden de cotización PCM/74/2023, publicada en el BOE el pasado 31 de enero.