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Impuesto sobre el patrimonio en Cataluña: guia para entenderlo

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo directo que grava el valor neto del patrimonio de las personas físicas en España. En Cataluña, este impuesto está cedido a la Generalitat de Cataluña, y es obligatorio para todos los residentes que cumplan con ciertos requisitos patrimoniales. 

A continuación, te explicamos en qué consiste el impuesto, quiénes están obligados a presentarlo, qué bienes están exentos y cómo realizar la declaración correctamente.

¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio?

El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas, que se calcula sumando el valor de todos los bienes y derechos del contribuyente y restando deudas y gravámenes. Este impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y afecta al patrimonio que posea el sujeto pasivo en esa fecha. Su objetivo es gravar la acumulación de riqueza de personas con patrimonios elevados.

¿Quiénes deben presentar el Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña?

Están obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña aquellos contribuyentes que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones:

  1. Base liquidable igual o superior a 500.000 €: Este es el importe del mínimo exento de tributación en Cataluña.
  2. Valor total de bienes y derechos superior a 2.000.000 de €: Si la suma de tus bienes, derechos e inversiones supera esta cantidad, debes declarar tu patrimonio.
  3. Cuota a ingresar: Si, después de aplicar todas las deducciones o bonificaciones, la declaración del impuesto resulta en una cuota positiva, también es obligatorio presentarla.

Exenciones en el Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña

Existen algunas exenciones que permiten que ciertos bienes y derechos no se incluyan en el cálculo del impuesto, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa. Estas exenciones son:

    • Bienes culturales: Incluye bienes registrados en el Registro General de Bienes de Interés Cultural y otros bienes calificados de interés cultural por el Ministerio de Cultura.
    • Ajuar doméstico: Incluye muebles y objetos personales de uso diario.
    • Derechos en planes de pensiones y seguros de dependencia: Incluye derechos consolidados en planes de pensiones, planes de previsión social y seguros de dependencia.
    • Derechos de propiedad intelectual o industrial: Exentos si pertenecen al autor y no están vinculados a una actividad económica.
    • Patrimonio empresarial y profesional: Las participaciones en empresas y negocios también pueden estar exentas, bajo ciertas condiciones.
    • Vivienda habitual del contribuyente: Exenta hasta un valor máximo de 300.000 €.

¿Cuándo se presenta el Impuesto sobre el Patrimonio?

El Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña se presenta anualmente, tomando como referencia el valor del patrimonio al 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal. Para la campaña correspondiente al ejercicio 2024, los plazos de presentación son los siguientes:

    • Fechas de presentación: del 3 de abril al 30 de junio de 2025.
    • Domiciliación bancaria: Si optas por domiciliar el pago del impuesto, la presentación debe realizarse antes del 26 de junio de 2025.

Es importante destacar que estos plazos corresponden al ejercicio fiscal 2024, cuya declaración se efectúa en 2025. Para obtener información oficial y actualizada, se recomienda consultar la página de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Cómo presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña

Sí, si necesitas aplazar el pago del Impuesto sobre el Patrimonio, puedes hacerlo al realizar la declaración. Para ello, selecciona la opción de «reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento» al presentar el modelo por Internet y guarda el justificante generado.

Para tramitar el aplazamiento, sigue estos pasos:

1.Solicitud electrónica: A través del Registro electrónico de la AEAT, utilizando un formulario genérico que incluya el número de justificante de la declaración.

      • Tipo de trámite: «Solicitud de aplazamiento/fraccionamiento».
      • Tipo de documento: Autoliquidación.
      • Órgano destinatario: Oficina Central de Recaudación. 

 

2. Solicitud presencial: Disponible en oficinas de la Agencia Tributaria de Cataluña para personas físicas no obligadas a realizar la tramitación electrónica. Lleva una copia del documento de presentación y el modelo S13 o S14 según el importe.

Ejemplo de Cálculo del Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña

Para ilustrar cómo calcular el impuesto, veamos un ejemplo simple:

Imaginemos un contribuyente residente en Cataluña con el siguiente patrimonio:

    • Vivienda habitual: 400.000 euros (exento hasta 300.000 €, tributa 100.000 €).
    • Otros bienes inmuebles: 1.200.000 €.
    • Inversiones financieras: 700.000 €.
    • Vehículos de lujo: 100.000 €.
    • Deudas pendientes: 150.000 €.
    1. Suma total del patrimonio: 1.950.000 €.
    2. Mínimo exento: 500.000 €.
    3. Base liquidable: 1.450.000 €.

A partir de esta base, se aplican las tarifas de la Generalitat para calcular la cuota del impuesto. Existen tramos y tipos impositivos progresivos que determinan el porcentaje aplicable a cada rango de patrimonio.

Conclusión

El Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña es una obligación para quienes posean un nivel patrimonial elevado y deseen cumplir con la normativa fiscal catalana. Conocer las exenciones, plazos y métodos de presentación te permitirá gestionar tu patrimonio de manera eficaz y evitar complicaciones. Si necesitas ayuda para calcular o presentar el impuesto, contacta con nuestra asesoría. 

Somos una asesoria ubicada en Barcelona y nuestro equipo de expertos fiscales puede ayudarte a optimizar tu carga fiscal y asegurar que cumplas con todas tus obligaciones.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio presentar el Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña todos los años?

No, solo deben presentarlo aquellos residentes cuyo patrimonio cumpla los requisitos de base imponible, valor total de bienes o cuota a ingresar.

¿Quién tiene que hacer declaración de patrimonio?

Están obligados a hacer la declaración de patrimonio quienes residan en España y tengan una base liquidable superior a 500.000 euros, un valor de bienes superior a 2.000.000 euros, o si, tras aplicar deducciones, la cuota a ingresar resulta positiva.

¿Qué bienes están exentos en el Impuesto sobre el Patrimonio?

Están exentos la vivienda habitual (hasta 300.000 euros), ciertos derechos en planes de pensiones, bienes culturales, y patrimonio empresarial, entre otros.

¿Cómo se puede presentar el impuesto?

La presentación es telemática mediante el modelo 714 en la web de la Agencia Tributaria, utilizando certificado digital, Cl@ve PIN, o la referencia del NIF.

¿Es posible aplazar el pago?

Sí, la AEAT permite solicitar el aplazamiento al momento de presentar la declaración por Internet.