¿Vas a empezar tu actividad y no sabes cómo te pueden afectar los distintos tipos de fiscalidad para autónomos?
No te preocupes, en realidad estas son dudas muy comunes que suelen tener muchas de las personas que van a darse de alta como autónomos. Por eso, en este artículo nos vamos a encargar de darte toda la información que puedes necesitar sobre los diferentes regímenes fiscales para autónomos.
Uno de los primeros aspectos que debes de tener en cuenta es que estos tienen distintos requisitos, así como también tienen un cálculo diferente que nos permite beneficiarnos de alguna reducción con la que podamos pagar menos impuestos.
Estimación Directa Normal
El primer tipo de fiscalidad para autónomos es el de la Estimación Directa Normal, sobre la que debes tener en cuenta la siguiente información:
¿Quiénes entran dentro de la Estimación Directa Normal?
- Todos los autónomos que realicen distintas actividades profesionales y empresariales en las que se facturen más de 600.000€ durante el año justo anterior.
- En caso de la que la cantidad de negocios haya sido menor, entonces debes de saber que tienes la posibilidad de elegir la Estimación Directa Simplificada, de la cual te vamos a hablar más adelante.
- Tienes la posibilidad de renunciar al régimen de módulos o simplificado al presentar el Modelo 037 antes del 31 de diciembre del año anterior al año en el que quieras entrar en Estimación Directa Normal.
¿Cómo puedes calcular el rendimiento de tu actividad en Estimación Directa Normal?
Hacer este cálculo realmente es más sencillo de lo que muchos piensan, ya que se puede calcular con aun simple fórmula:
- Rendimiento Neto = Ingresos – Gastos (Beneficio Real)
Ahora te vamos a explicar qué se incluye en los ingresos y cuáles gastos:
- Ingresos: aquí van todas las ventas de los servicios y los productos que hayas realizado, así como las subvenciones, el autoconsumo, indemnizaciones y demás ingresos.
- Gastos: aquí se encontrarán los suministros, los consumos de existencias, los gastos de personal, reparaciones, conservación, arrendamiento y las amortizaciones de hasta final de semestre.
Así que en realidad la diferencia en clasificación de los gastos y los ingresos pueden provocar que al momento de calcular el rendimiento neto podamos complicarnos. Más adelante te explicaremos un ejemplo práctico para que quede mucho más claro.
¿Cómo y cuándo se hacen los pagos fraccionados dentro de este régimen?
- Estos están indicados en el Modelo 130 que es presentado de forma trimestral.
- El pago fraccionado de cada trimestre es calculado multiplicando por un 20% el rendimiento neto que es calculado desde principio de año hasta el último día del trimestre, menos las retenciones soportadas, los pagos fraccionados anteriores y los ingresos a cuenta.
En este sentido debes de tener en cuenta que, aunque el resultado sea 0 (cero) o negativo, es completamente obligatorio que aun así presentes el modelo:
- (20% x Rendimiento Neto) – Pagos fraccionados en trimestres anteriores – ingresos a cuenta – retenciones soportadas
Se tiene que calcular todo el “IVA Repercutido” y el “IVA Soportado” durante el trimestre que es declarado en el modelo 303.
En caso de que el “IVA Repercutido” sea mayor que el “IVA Soportado”, entonces va a ser necesario pagarle a Hacienda. Pero si es el caso contrario, entonces podremos compensarlo para futuros trimestres, o pedir su devolución en caso de que estemos presentándolo durante el cuarto trimestre.
La estimación directa simplificada
El segundo régimen de fiscalidad para autónomos es la Estimación directa simplificada:
¿A quienes se tiene que aplicar la Estimación Directa Simplificada?
- A aquellos autónomos que tengan un volumen de negocio que haya sido inferior a 600.000€ anuales y que no quieran renunciar a el de forma voluntaria.
- También se les puede aplicar a aquellas actividades empresariales que quedan excluidas del régimen de módulos. Las actividades que quedan exentas son aquellas que se encuentran dentro del grupo de actividades empresariales de la división 3, 4 y 5 a las cuales se les aplica un 1% de retención.
- Por ejemplo, pueden ser actividades como ferretería, carpintería, fontanería, confección de prendas, etc.
- También se tiene la posibilidad de que se superen los límites que están establecidos para poder entrar en módulos, lo que haría que entres en Estimación Directa Simplificada, algo que explicaremos mejor más adelante.
¿Cómo se calcula el rendimiento de la actividad en Estimación Directa Simplificada?
El rendimiento neto es calculado como en una estimación directa normal, pero tiene algunos detalles que debes de tener en cuenta:
- Las provisiones deducibles y los gastos que son difíciles de justificar terminan minorando un 5% el rendimiento.
- Esto quiere decir, tu beneficio con un límite de 2.000€, pero no se aplicará en caso de que te acojas a las reducciones por ciertas actividades económicas que aparecen en el folleto de Hacienda.
Otro detalle muy importante que se debe de tener en cuenta es que las amortizaciones son calculadas de forma lineal con la tabla de amortizaciones simplificadas.
¿Cómo y cuándo se realizan los pagos fraccionados en este régimen?
- De la misma forma que en el caso de la Estimación Directa Normal, se tiene que presentar el modelo 130 dentro del plazo que se ha establecido para ello.
- Si calculas el 20% del rendimiento neto hasta el final del trimestre, quitándole los pagos que hayas realizado durante los semestres anteriores, los ingresos a cuenta y las retenciones.
- Lo más recomendable es que para poder presentar los impuestos uses una herramienta o plataforma. En estas lo único que tienes que hacer es poner los ingresos y los gastos de una forma sencilla. Ahí se te calculará cuánto tienes que pagar si es el caso y se te generará un archivo para que puedas presentarlo ante Hacienda.
¿Cómo se calcula el IVA para el régimen en concreto?
De la misma forma que como explicamos en la Estimación Directa Normal, con la diferencia entre el IVA Soportado y el IVA Repercutido. Esto también se puede hacer utilizando plataformas online que te ayuden a hacerlo de una forma más sencilla.
¿En qué consiste la estimación objetiva?
¿Quiénes pueden optar a la Estimación Objetiva?
Tambien se le conoce como módulos y este régimen se puede aplicar a los empresarios y profesionales que cumplen con los siguientes requisitos:
- Las actividades que realizan deben estar incluidas en la Orden que Hacienda realiza cada año.
- Los rendimientos del año anterior no tienen que superar los 250.000€ para todas las actividades económicas, menos las agrícolas, forestales y ganaderas.
- También se puede aplicar cuando el destinatario es un profesional o un empresario que no supere los 125.000€. Hay un limite de 250.000€ para las actividades forestales, ganaderas y agrícolas.
- El volumen de las compras de bienes y servicios en el año anterior no tienen que ser mayores a 250€ sin contar IVA y sin tener en cuenta la adquisición de inmovilizado.
- Las actividades que se hagan como autónomo no tienen que esta desarrolladas fuera de la aplicación el IRPF, parcial o totalmente. En el caso de las actividades que están relacionadas con el transporte, como le transporte de viajeros, urbano, mercancías, autotaxis, se entiende que estas se llevan a cabo dentro del régimen simplificado del IVA.
- Ninguna de las actividades que se realizan como autónomo tienen que estar en la Estimación Directa, Normal o Simplificada.
¿Cómo se calcula el rendimiento de mi actividad en Estimación Objetiva?
Si se tiene la posibilidad de entrar en módulos puede ser una buena opción para pagar menos impuestos.
- Calcular el rendimiento neto puede legar a ser algo complicado, calculando las unidades correspondientes, buscando el epígrafe, etc. Es por eso que puede ser muy recomendado contar con la ayuda de uno de nuestros asesores.
- Para calcular los rendimientos se tiene que consultar la Orden de Hacienda, el epígrafe de la actividad y luego se multiplican los importes de las tablas.
¿Cuándo y cómo se debe hacer el pago fraccionado?
Al igual que en los otros dos métodos, los plazos van a ser:
- 1er trimestre: 1 – 20 de abril
- 2do trimestre: 1 – 20 de julio de 2021
- 3er trimestre: 1 – 20 de octubre
- 4to trimestre: 1 – 30 de enero
Pero en estos casos será necesario que presentes el modelo 131.
El importe es calculado al multiplicar por un 4% el rendimiento neto aplicable. Este será del 3% cuando se tengan asalariados y del 2% cuando no se tengan trabajadores asalariados o en actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
¿Cómo se calcula el IVA para este régimen?
- Cada trimestre se tendrá que calcular la Cuota devengada por corrientes, multiplicando las unidades de módulos del cuadro de tu actividad por el importe que corresponda y se suman.
- Al resultado final se le tiene que multiplicar el porcentaje que corresponda a la actividad, pudiendo ver el porcentaje de Orden que te he comentado anterior.
¿Tienes alguna duda respecto a los tipos de fiscalidad?
Si es así, contacta con nuestro equipo de GAC