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¡Caso de éxito en Murcia! Exoneración de 80.000€ de deudas.

Las entidades de crédito deben evaluar la solvencia patrimonial del deudor antes de conceder un préstamo

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia desestima la oposición a la exoneración presentada por una ENTIDAD FINANCIERA por comportamiento temerario y negligente de la deudora (sobreendeudamiento excesivo) y exonera de todas las deudas a nuestra cliente.

En GAC, nos especializamos en proporcionar soluciones legales que permitan a nuestros clientes salir adelante en situaciones complicadas. Uno de nuestros últimos casos en Murcia es un claro ejemplo de cómo el derecho puede ofrecer una segunda oportunidad a las personas que, por razones ajenas a su control, han caído en situaciones de sobreendeudamiento.

El Caso

Nuestra cliente, enfrentada a una deuda de aproximadamente 80.000 euros, decidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad para liberarse de una carga financiera insostenible. A lo largo de los años, su situación económica se había deteriorado debido a varios factores, incluyendo el divorcio, una custodia monoparental y una reducción significativa de ingresos tras serle reconocida una discapacidad.

Sin embargo, una entidad financiera decidió oponerse a la solicitud de exoneración, argumentando que nuestra cliente había actuado de manera temeraria al asumir deudas que sobrepasaban su capacidad de pago. Este argumento se basaba en el hecho de que, en 2015, adquirió un vehículo financiado con cuotas mensuales de 350 euros, lo que, según la entidad, no dejaba margen para imprevistos.

La Defensa de nuestro Despacho

Nuestra letrada, Carla Rosés Colás, respondió con firmeza a estas alegaciones, demostrando que las circunstancias personales y económicas de la cliente habían cambiado drásticamente desde 2015. En ese entonces, podía asumir el pago de sus deudas gracias a los ingresos conjuntos con su exmarido. No obstante, el escenario financiero de nuestra cliente cambió radicalmente en 2018 y 2021, lo que la llevó a una situación de insolvencia que estaba fuera de su control.

Además, nuestro equipo argumentó que la entidad financiera no había evaluado adecuadamente la solvencia de nuestra cliente al concederle los préstamos. La normativa europea y española es clara en exigir a las entidades financieras que realicen un análisis patrimonial riguroso antes de conceder créditos, algo que no se había cumplido en este caso.

El Resultado: Exoneración de deudas

Finalmente, el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia desestimó la oposición de la entidad financiera, reconociendo que nuestra cliente había actuado de buena fe. Como resultado, todas las deudas fueron exoneradas, permitiendo a nuestra cliente un nuevo comienzo sin la pesada carga de sus obligaciones financieras anteriores.

Conclusión

Este caso es un ejemplo más de cómo, en nuestro despacho, luchamos por los derechos de nuestros clientes, buscando siempre la mejor solución dentro del marco legal. Si tú también te encuentras en una situación de sobreendeudamiento o dificultades financieras, no dudes en contactarnos. Te ayudaremos a evaluar tus opciones y te guiaremos hacia un futuro financiero más estable.

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