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Baja laboral de autónomos en 2021

Es cierto que en muchas ocasiones hemos escuchado hablar sobre la baja laboral de autónomos. También seguramente has escuchado comentarios de que “los autónomos no pueden enfermarse”. Por este motivo es muy importante saber qué es lo que puede suceder en caso de que se presente este escenario.

Asimismo, es realmente importante tener en cuenta que la baja laboral para profesionales por cuenta propia sí existe. Por tanto, se debe saber que las cotizaciones que se van pagando con la cuota de autónomos en realidad sirven para que se puedan cubrir este tipo de escenarios.

Está claro que el mejor escenario es no solicitarla, pero en caso de que sea necesario, es importante que cuentes con toda la información que puedas necesitar para el escenario en que se tuviera que pedir la baja laboral de autónomos en la Seguridad Social.

baja laboral de autónomos

¿Qué es la baja laboral de autónomos?

  • Se considera incapacidad temporal a la situación en la que se puede encontrar un autónomo cuando sufre un accidente (dentro o fuera del trabajo). También puede ser una enfermedad profesional o común, así como cualquier otra circunstancia que impida ejercer la actividad y que necesite de asistencia sanitaria.
  • Esta situación es mejor conocida como “baja laboral de autónomos”. En este caso la Seguridad Social ofrece un subsidio que se encargue de cubrir las pérdidas de las ganancias en dicho periodo en el que el autónomo se encuentra temporalmente parado.
  • El subsidio también es muy útil al momento de hacerle frente a la cuota de autónomos ya que, aunque estén dados de baja es necesario seguir cotizando.
  • Asimismo, es muy importante destacar que los autónomos cuentan con las prestaciones y coberturas por incapacidad temporal que los trabajadores por cuenta ajena, aunque en el caso especifico de los autónomos nos podemos encontrar con algunas particularidades especiales.

¿Cómo funciona la obligación de cotizar por incapacidad temporal?

  • Cuando se cotiza a la Seguridad Social por contingencias comunes es cuando es necesario darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Además, es un requisito indispensable para poder obtener la compensación por incapacidad laboral cuando es necesario.
  • Ten en cuenta que los pagos a la Seguridad Social son los que luego servirán para hacer frente a los periodos de baja por enfermedad. Esto entre otras situaciones sin actividad laboral para autónomos.
  • Es muy importante aclarar que esta era voluntaria hasta el año 2019. Sin embargo, a partir de dicho momento la prestación por accidente de trabajo y enfermedad profesional es obligatoria entre las cotizaciones que tienen los autónomos.

¿Cuáles son los tipos de baja laboral y requisitos?

En realidad, debemos de tener en cuenta que se pueden presentar tres distintas situaciones que pueden llegar a ocasionar la baja laboral entre autónomos. Asimismo, ten en cuenta que todas ellas cuentan con un periodo máximo de 12 meses prorrogables por otros 6 meses.

Entre los tres tipos de incapacidad laboral se encuentran los siguientes:

  • Enfermedad profesional: se trata de una enfermedad que es contraída como consecuencia del trabajo que se está llevando a cabo. En el Real Decreto 1299/2006 del 10 de noviembre recoge todas las enfermedades profesionales.
  • Accidente de trabajo: es una de los accidentes que son una consecuencia directa del trabajo en el que realizamos tu propia cuenta como autónomo. Asimismo, también se incluyen los accidentes que ocurren durante los desplazamientos de un lugar de trabajo a otro.
  • Enfermedad común: para poder optar a una compensación por cualquier enfermedad común debemos de tener acceso a estar en esta situación de alta asimilada, o también debemos de haber cotizado un mínimo de 180 días durante los últimos 5 años. Asimismo, se debe de estar al corriente con todas las cuotas.

En caso de que el autónomo cumpla con todos los requisitos, cuenta con la disposición de solicitar la baja por incapacidad laboral en la Seguridad Social.

¿Cómo se tramita una baja laboral de autónomos?

Para poder tramitar la baja laboral de autónomos es necesario recurrir a la mutua. En caso de que no sepamos cuál es la mutua, entonces se puede revisar el alta de autónomo en Seguridad Social debido a que en el momento de darnos de alta tenemos que designar una.

Es realmente importante conocer cuáles son los documentos que vamos a tener que entregar en la mutua:

  • Original de DNI con una fotocopia compulsada
  • Solicitud de baja laboral firmada por el autónomo
  • Justificante de pago de los últimos 3 meses de trabajo junto a los partes de la baja médica
  • Una declaración de situación de actividad en la que esté expuesta por medio de una declaración jurada cómo estará la actividad durante el periodo de baja temporal. Aquí se tiene que destallar si alguien más gestionará el negocio en tu lugar o si habrá un cese temporal de la actividad. Se puede acceder a la página de la Seguridad Social para poder descargar el documento y firmarlo.

Para poder presentar la documentación se cuenta con un plazo de 15 días. Este es el tiempo que se tiene para poder notificar a la seguridad social de la baja y la situación en la que quedará la actividad.

¿Cuánto se cobra de baja laboral siendo autónomo?

Esta es sin duda alguna una de las preguntas más comunes entre autónomos. Por eso, se debe tener en cuenta que, tal y como sucede con otras prestaciones, como puede ser el caso de la jubilación o de la baja por maternidad, la cantidad de la baja laboral va a depender de la base de cotización del trabajador.

  • No hay una cantidad fija para todos los autónomos, siendo este el primer aspecto que deben de tener en cuenta.
  • El pago se calcula aplicando porcentajes a la base reguladora. Esto sirve como la base de cotización del mes anterior a la baja médica y se divide entre los días del mes:
    • Por enfermedad común o accidente laboral: aquí se aplica el 60% desde el día 4 al 20 de la baja.
    • En caso de enfermedad común o por accidente no laboral: se aplica entre el 75% a partir el día 21 a la baja.
    • Si hay accidente de trabajo o enfermedad profesional: se aplica el 75% desde el día siguiente a la baja.

Para poder tener un mejor ejemplo y acabar entendiéndolo, lo mejor es preguntar por un caso real en el que el autónomo coge la baja laboral por enfermedad común.


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