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Nuevas sanciones en el ámbito laboral a partir de octubre

El pasado 10 de julio de 2021 en el BOE se publicó la Ley 10/2021, de 9 de julio, sobre el trabajo a distancia, en donde también se regula lo que es la prestación de servicios dentro del régimen de trabajos a distancia. Aquí también podemos destacar el hecho de que está presente un aumento del 20% en las sanciones en el ámbito laboral por infracciones en el orden social, un aspecto bastante importante que no se debe de pasar por alto.

Tenemos que recordar que en el Real Decreto-Ley 28/2020, de 22 de septiembre, sobre el trabajo a distancia, en donde se ponía la disposición final sobre la primera modificación de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), para poder incluir una infracción sobre la falta de formalización del acuerdo de trabajo a distancia, en donde no se preveía una modificación sobre el artículo 40, pero ahora sí se contempla en la Ley del trabajo a distancia.

sanciones en el ámbito laboral

Graduación de las nuevas sanciones en el ámbito laboral

Ahora nos encontramos con el hecho de que en el curso de la tramitación legislativa de a la normativa se han introducido distintos cambios, destacando un incremento, con efectos del 1 de octubre de 2021, sobre las cantidades que se tienen que pagar por las sanciones en el ámbito laboral. Estas pueden ser impuestas por infracciones dentro de este sector y que están incluidas en la disposición final primera, en el apartado dos, de la Ley de Trabajo a Distancia.

  • Según indica la LISOS, las actas de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene, además de describir bien los hechos que impulsan el acta, de reflejar la tipificación de las infracciones (muy grave, grave o leve), así como la graduación de la sanción.
  • La graduación de las sanciones corresponderá al inspector que este actuando y quien tendrá que atender los criterios que han sido establecidos por la ley, como podría ser la intencionalidad y la negligencia del infractor, así como la existencia de connivencia o fraude, el incumplimiento de advertencias previas y de los requerimientos, la cantidad de negocio de a empresa, el perjuicio causado o la cantidad defraudada y la plantilla afectada, siendo estas circunstancias que pueden atenuar o agravar la infracción en materia de prevención de riesgos laborales y se tendrán que aplicar según la infracción que haya sido cometida.

Infracciones relacionadas con la Prevención de riesgos laborales

En el caso de las sanciones en el ámbito laboral que sean provocadas por infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, aquí se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  • La peligrosidad de las actividades que se estuvieran desarrollando.
  • La gravedad de los daños producidos o que se pudieron haber producido por la falta o la deficiencia de las medidas preventivas necesarias.
  • El número de personas que hayan resultado afectadas.

Cuando se ha calificado la falta y se han valorado los criterios antes mencionados para la graduación, la Inspección de Trabajo será la encargada de proponer la imposición de una multa en la que se tendrá en cuenta la horquilla revista en la normativa para los distintos tipos de infracciones.

¿Cuáles son las nuevas cuantías que se tendrán que pagar?

Ahora vamos a hablar sobre las nuevas cantidades que tendrán que ser pagadas dependiendo de las infracciones que se cometan a partir de octubre de 2021:

  • Infracción leve en materia de relaciones laborales y empleo: como puede ser el caso de no exponer en un lugar que sea fácilmente visible el calendario de trabajo o no usar el modelo oficial de nómina, siendo una infracción calificada como grado mínimo, será sancionada como una multa por importe de 70€ a 150€ (grado mínimo), de 151€ a 370€ (grado medio) y de 371€ a 750€ (grado máximo).
  • grave: como puede ser el caso de transgresión de la normativa en materia contractual o así como el incumplimiento en materia de jornada y/o horas extraordinarias, por dar algunos ejemplos, puede ser sancionada con un multa que puede variar dependiendo de su graduación desde los 751€ a los 1.500€ (grado mínimo), de 1.501€ a 3.750€ (grado medio) y de 3.751€ a 7.500€ (grado máximo).
  • muy graves: aquí se puede encontrar la cesión de ilegal de trabajadores, incumplimiento de la elaboración de un plan de igualdad o actos lesivos del derecho de huelga, estas pueden ser sancionadas con una multa que, dependiendo de su graduación, puede variar entre los 7.501€ a 30.000€ (grado mínimo), de 30.001€ a 120.005€ (grado medio) y de 120.006€ a 225.018€ (grado máximo).

Infracciones en otros ámbitos

  • en prevención de riesgos laborales: estas infracciones también se incrementan junto a las multas de mayor importe económico. En el caso de las infracciones leves, como no dar cuenta de tiempo a la autoridad laboral de un accidente leve, será sancionado con una multa de 45€ a 485€ (grado mínimo), de 486€ a 975€ (grado medio) y de 976 a 2.450€ (grado máximo).
  • las infracciones graves en prevención de riesgos: como puede ser el incumplimiento de integrar la prevención de riesgos laborales o de las obligaciones relacionadas a la formación sobre los riesgos que conlleva el puesto laboral, serán sancionadas con una multa que va de 2.451€ a 9.830€ (grado mínimo), de 9.831€ a 24.585€ (grado medio) y de 24.586€ a 49.180€ (grado máximo).
  • muy graves en material de prevención de riesgos: como puede ser la inobservancia de la normativa de prevención para protección de salud y seguridad de las trabajadoras embarazadas, serán sancionadas comuna multa que va desde los 49.181€ a 196.745€ (grado mínimo), de 196.746 a 491.865€ (grado medio) y de 491.866 a 983.736€ (grado máximo).

Otras consideraciones

Debes de tener en cuenta que las nuevas sanciones, aunque no podemos dejar fuera cierto componente recaudatorio, sirven sobre todo para poder reforzar la disuasión de aquellos comportamientos infractores.

Todo se hace con el fin de ayudar a reducir y, si es posible, evitar la siniestralidad laboral o cometer infracciones de orden social. Ahora sólo nos queda esperar para poder confirmar si el objetivo de este aumento en la cuantía de estas infracciones realmente sirve de algo. Es decir, si reduce que se cometan en los lugares de trabajo.


¿Tienes alguna duda sobre las nuevas sanciones?

Si es así, contacta con nuestro equipo de GAC

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